| a) |
Procedimiento para obtener la Licencia de Funcionamiento. |
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Al respecto el procedimiento de obtención de licencia de clasifica en tres tipos, en adelante se denominara al modulo de la Subgerencia de Promoción a las Actividades Económicas, Comerciales y Defensa del Consumidor modulo de licencias. |
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1er Tipo |
Establecimientos con área ocupada hasta 100 m2 y capacidad de almacenamiento no mayor de 30 % del área total del local. Están excluidos los establecimientos que incluyan los giros : Púb., licorería, discoteca, bar, casinos, juego de azar, maquinas tragamonedas, ferreterías o giros afines a los mismos. Así como solicitudes que incluyan giros cuyo desarrollo implique el almacenamiento, uso o comercialización de productos tóxicos o altamente inflamables. |
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PASO 1 El administrado se dirige a la Municipalidad - modulo de licencias a efectos de solicitar orientación y recabar la solicitud formato con carácter de declaración jurada.
PASO 2 Paga en caja de la Municipalidad el derecho correspondiente al procedimiento administrativo de solicitud de licencia de funcionamiento establecido en el TUPA.
PASO 3 Presenta en el modulo de licencias la solicitud formato debidamente llenado con carácter de declaración jurada adjuntando los requisitos establecidos en el TUPA según corresponda.
PASO 4 En el modulo de licencias se verifica que cumple los requisitos establecidos en el TUPA y se evalúa la zonificación y compatibilidad de uso. De ser procedente se emite la Licencia de Funcionamiento Municipal notificando al administrado en el acto.
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2do Tipo |
Establecimientos con área ocupada hasta 100 m2 no considerados en la categoría anterior y establecimientos de diversos giros con área ocupada mayor a 100 m2 hasta 500 m2. |
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PASO 1 El administrado se dirige a la Municipalidad - modulo de licencias a efectos de solicitar orientación y recabar la solicitud formato con carácter de declaración jurada.
PASO 2 Paga en caja de la Municipalidad el derecho correspondiente al procedimiento administrativo de solicitud de licencia de funcionamiento establecido en el TUPA.
PASO 3 Presenta a través de la Oficina de Tramite Documentario de la Municipalidad que asigna un numero de expediente, la solicitud formato debidamente llenado con carácter de declaración jurada adjuntando los requisitos establecidos en el TUPA según corresponda.
PASO 4 El expediente es derivado a la Gerencia de Rentas – Subgerencia de Promoción a las Actividades Económicas, Comerciales y Defensa del Consumidor a efectos de su evaluación correspondiente.
PASO 5 Se realiza al establecimiento, Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica en merito al cual se emite el Informe Técnico correspondiente.
PASO 6 Se evalúa la Zonificación - Compatibilidad de Uso y las condiciones de seguridad en defensa civil, de ser procedente se emite la Licencia de Funcionamiento Municipal notificándose al administrado, caso contrario se emite el acto administrativo correspondiente.
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3er Tipo |
Establecimientos con área ocupada mayor a 500 m2. |
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PASO 1 El administrado se dirige a la Municipalidad - modulo de licencias a efectos de solicitar orientación y recabar la solicitud formato con carácter de declaración jurada.
PASO 2 Paga en caja de la Municipalidad el derecho correspondiente al procedimiento administrativo de solicitud de licencia de funcionamiento establecido en el TUPA.
PASO 3 Presenta a través de la Oficina de Tramite Documentario de la Municipalidad que asigna un numero de expediente, la solicitud formato debidamente llenado con carácter de declaración jurada adjuntando los requisitos establecidos en el TUPA según corresponda.
PASO 4 El expediente es derivado a la Gerencia de Rentas – Subgerencia de Promoción a las Actividades Económicas, Comerciales y Defensa del Consumidor a efectos de su evaluación correspondiente.
PASO 6 Se evalúa la Zonificación - Compatibilidad de Uso de ser procedente se emite la Licencia de Funcionamiento Municipal notificándose al administrado, caso contrario se emite el acto administrativo correspondiente.
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| b) |
Requisitos para obtener la Licencia de Funcionamiento. |
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De conformidad con el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA vigente a la fecha los requisitos son como sigue : |
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| 1) |
Solicitud formato con carácter de declaración jurada debidamente llenado. |
| 2) |
Vigencia de poder de representante legal, en caso de personas jurídicas u otros entes colectivos. Tratándose de representación de persona natural, se requerirá carta poder con firma legalizada. |
| 3) |
Declaración Jurada de observancia de condiciones de seguridad o inspección técnica de seguridad en defensa civil de detalle o multidisciplinaria según corresponda. (*) |
| 4) |
Certificado de inspección técnica de seguridad en Defensa Civil de detalle o multidisciplinaria expedida por INDECI para los establecimientos con un área mayor a 500 m2. |
| 5) |
Adicionalmente de ser el caso, serán exigibles lo siguiente. |
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a) |
Copia simple del titulo profesional en el caso de servicios relacionados con la Salud. |
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b) |
Informe sobre el numero de estacionamientos de acuerdo a la normativa vigente, en la declaración jurada. |
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c) |
Copia simple de la autorización sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento (**) |
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d) |
Copia simple de la autorización expedida por el Instituto Nacional de Cultura. |
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| 6) |
Pago por derecho de tramite (incluye licencia de funcionamiento e inspección Técnica en Defensa Civil). |
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| IMPORTANTE |
| NOTA.- De acuerdo a la Ley Nº 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento no es necesario un certificado de zonificación o compatibilidad de uso. |
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(*) Aplicable a establecimientos con un área de hasta 100 m2 y capacidad de almacenamiento no mayor de 30% del área total del local. Están excluidos los establecimientos que incluyan los giros: Púb., licorerías, discoteca, bar, casinos, juego de azar, maquinas tragamonedas, ferreterías o giros afines a los mismos. Así como solicitudes que incluyan giros cuyo desarrollo implique el almacenamiento, uso o comercialización de productos tóxicos o altamente inflamables. Estos establecimientos y aquellos que cuenten con área de 100 m2 hasta 500 m2 están sujetos a la ITSDC realizada por la municipalidad. |
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(**) REQUISITOS ADICIONALES PARA CASOS ESPECÍFICOS |
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- ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO: Resolución Directoral de la UGEL del Ministerio de Educación.
- ESTABLECIMIENTOS QUE CUENTEN EQUIPOS RAYOS X: Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN).
- ESTABLECIMIENTOS DE SALUD: Autorización de la Unidad Departamental de Salud del Ministerio de Salud.
- FARMACIAS, BOTICAS, DROGUERÍAS Y SIMILARES: Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID).
- COMERCIALIZACIÓN DE ARMAS, MUNICIONES, SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD SIMILARES: Autorización de la DISCAMEC
- ESTACIONES DE SERVICIOS, VENTA DE GASOLINA, GAS, GASOCENTROS Y SIMILARES: Informe Técnico favorable del OSINERGMIN.
- CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL: Ministerio de Justicia.
- BINGOS Y TRAGAMONEDAS: Resolución de la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR).
- ELABORACIÓN DE PRODUCTOS COMESTIBLES: Registro Sanitario de la
- Dirección General de Salud (DIGESA).
- BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS: Resolución de la Superintendenciade Banca y Seguros (SBS).
- ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES: Resolución de la Superintendencia de Administración Privada del Fondo de Pensiones.
- COOPERATIVAS: Autorización de la Federación Nacional de Cooperativa de Ahorro y Crédito del Perú (FENACREP).
- AGENCIA DE EMPLEO: Inscripción en el Registro Nacional de Agencias Privadas de empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
- HOSTALES Y HOTELES: Clasificación y/o categorización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR).
- TRANSPORTE URBANO: Autorización y/o Resolución Directoral de la Dirección General de Transporte Urbano de la Municipalidad de Lima Metropolitana.
- ELABORACIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS: Acta de Verificación de la DINANDRO.
- AGENCIA NAVIERAS, MARÍTIMAS, TRANSPORTE NO URBANO DE PASAJEROS Y DE CARGA: Autorización y/o Resolución del Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
- AGENCIAS DE ADUANAS: Resolución de la Superintendencia de Aduanas SUNAD.
- Y OTRAS AUTORIZACIONES QUE EXIGE LA ACTIVIDAD ESPECIFICA DE ACUERDO A LA LEY.
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| c) |
Costos y plazos para obtener la Licencia de Funcionamiento. |
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TIPO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO |
COSTO |
PLAZO(**) |
% UIT |
S/ (*) |
Establecimientos con área ocupada hasta 100 m2 con capacidad de almacenamiento de 30% de área del local. ITSDC Básica Ex Post |
2.44 % |
88.00 |
15 días |
Establecimientos con área ocupada mayor a 100 m2 hasta 500 m2 ITSDC Básica Ex Ante |
4.19 % |
151.00 |
15 días |
Establecimientos que cuenten con un área mayor a los 500 m2 ITSDC INDECI Ex Ante |
3.06 % |
110.00 |
15 días |
(**) Plazo que establece la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento. Sujeto a Silencio Administrativo Positivo.
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| d) |
Estructura de costos del derecho de Licencia de Funcionamiento |
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Establecimientos con área ocupada de hasta 100 m2 con ITSDC Ex Post al otorgamiento de la licencia. |
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Establecimientos con área ocupada mayor a 100 m2 hasta 500 m2 con ITSDC Básica Ex Ante al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. |
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Establecimientos con área ocupada mayor a 500 m2 con ITSDC INDECI Ex Ante al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. |
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Mercados de abastos y Galerías comerciales. |
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| e) |
Tipos de inspección de seguridad y criterios de evaluación en cada uno de ellos. |
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De acuerdo de Decreto Supremo N°066-2007-PCM, Decreto Supremo que aprueba en Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil se establece los siguientes tipos de inspección de seguridad en defensa civil. |
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Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica - ITSDC Básica. |
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- ITSDC Básica Ex Post |
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- ITSDC Básica Ex Ante
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Inspección Técnica de Seguridad de Detalle - ITSDC de detalle. |
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Inspección Técnica de Seguridad Multidiciplinaria - ITSDC multidiciplinaria. |
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Inspección Técnica previa a un evento y/o espéctaculo público. |
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| f) |
Sección del TUPA referida a Licencia de Funcionamiento |
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